2025 - 2026
La Ley REP exige que las empresas gestionen la recolección y valorización de sus productos una vez convertidos en residuos. No cumplir puede generar multas superiores a 10.000 UTA.
Esta ley exige trazabilidad y responsabilidad en todo el ciclo de vida del producto, fortaleciendo el compromiso ambiental y reputacional de las empresas.
La Ley REP impone a las empresas la obligación técnica de identificar, cuantificar y declarar los materiales que introducen al mercado, diferenciando entre tipos de envases y embalajes, su composición y destino final.
Cada productor debe demostrar trazabilidad y cumplimiento de las metas de recolección y valorización establecidas por el Ministerio del Medio Ambiente. Estas obligaciones implican mantener registros verificables, respaldos de información y reportes coherentes con los Sistemas de Gestión a los que estén adheridos.
La falta de precisión o consistencia en los datos puede ser sancionada por la SMA como incumplimiento formal o material. Cumplir con estas exigencias técnicas asegura la transparencia del proceso y refuerza la credibilidad ambiental de la empresa.
La Ley REP aplica a empresas que fabrican o importan productos prioritarios definidos por el Ministerio del Medio Ambiente —como aceites, electrónicos, baterías, todo tipo de envases, neumáticos, textiles y pilas—.
Quienes los introducen al mercado son considerados productores y deben financiar su gestión postconsumo, declarar anualmente sus volúmenes y cumplir metas de recolección y valorización.
La norma busca que la responsabilidad ambiental recaiga en quienes generan los residuos, promoviendo la economía circular en Chile.